Tuesday, March 09, 2010

Los penalistas pierden la perspectiva

Se insiste en que la pena que impone el código penal debe tener como fin último la reinserción del condenado.

También se insiste en que las penas del código español no necesitan agravarse, pues ya son muy graves de por sí.

E incluso se sostiene que la penalización de la criminalidad de los menores es adecuada y que, en casos, es más severa que en otros sistemas europeos cercanos.

Recientemente, además, se destaca que en España el índice de criminalidad es bajo comparado con otros países europeos al tiempo que la tasa de encarcelados es comparativamente más alta.

Por mi parte, me gustaría destacar que la mayoría de los comentaristas que dicen esas cosas son profesionales vinculados al ejercicio del derecho penal... afectados, como los profesionales de cualquier otro sector, por lo que podríamos llamar síndrome de Estocolmo profesional: cuando uno está todo el día liado con algo (por ej., la muerte) acaba relativizándolo (incluso la muerte, por seguir con el ejemplo).

Así, y dando por hecho que que las cifras comparativas son correctas (aunque carezco de datos) y que mi apunte no es desatinado (pues sino no lo apuntaría), quiero comentar las las dos primeras de las antedichas insistencias y la tercera, aunque ésta solo en lo que comparte con aquéllas.

Al enfrentar el derecho penal lo primero que uno ha de recordar es su razón de ser: el derecho a tomarnos la justicia por nuestra mano (y, hasta cierto punto, incluso el derecho a usar la fuerza para defendernos y defender nuestros bienes) han sido excluidos en nuestras sociedades: su ejercicio se encomienda en exclusiva al Estado que, también, se reserva el poder coactivo.

El contrapeso de esa cesión de la persona al Estado es, necesariamente, (1) la obligación de éste de mantenerle indemne y (2), cuando no pueda lograrlo (el objetivo es que lo logre siempre), indemnizarle.

En nuestro derecho, y en la mayoría sino en todos los de los demás sistemas, el apartado (2) ha sido casi olvidado -digo casi porque hay algunos supuestos, fundamentalmente en casos de atentados terroristas o de presos que delinquen durante permisos penitenciarios inadecuadamente concedidos, en que el Estado asume esa obligación indemnizatoria, si bien parcial y subsidiariamente.

Y, lo peor, es que el Estado no solo no asume -con el respaldo de la Ley, eso sí- la obligación indemnizatoria, sino que tampoco exige -ya sin el apoyo legal- la reparación del daño a los autores condenados con la energía necesaria, menos aún con alguna efectividad: no pone los medios ni para intentarlo seriamente (¡quiá!) .

Así, la Ley no satisface un punto esencial de la balanza exigible a cualquier sistema criminal, la responsabilidad directa del Estado, ni la práctica diaria es eficaz y efectiva a la hora de exigir el pago de la indemnización debida al criminal directamente responsable.

Un desequlibrio del sistema tan básico, situado tan en los fundamentos del mismo, tan río arriba, hace que en manera alguna el sistema pueda considerarse óptimo ni siquiera bueno. Y de este fallo básico derivan no pocas de las insatisfacciones que se generan y perciben luego al aplicar el sistema día a día, río abajo.

Este es un fallo de difícil arreglo, pero que incide gravemente en la percepción social del sistema punitivo que se aplica.

Dejando al margen tal fallo esencial, lo cuál es mucho dejar pero inleudible si se quiere seguir adelante, encontramos las penas que la Ley prevé y el principio que sedicentemente las guía: la reinserción del penado.

Que lo que pueda razonablemente hacerse por resocializar (vaya palabro) a un criminal es algo positivo no se le escapa a nadie: idealmente, lo mejor es una Sociedad sin criminales, tanto porque la Sociedad sea tan justa que no provoque, como por la ausencia de maldad humana.

Y, por tanto, mejor ayudar al criminal -en la medida en que razonablemente se pueda- a que deje de serlo que tener que estar defendiéndose de su criminal actividad: sin olvidar la importancia de la racionalidad exigible a esa ayuda, siempre vinculada a la realidad y posibilidades de cada momento.

Pero lo que es del género idiota es confundir deseo con realidad y razonabilidad con voluntarismo.

Educar a alguien desde pequeño es algo difícil, muy difícil, y no barato del todo, pero reeducar (otro palabro) es muchísimo más difícil y desde luego muchísimo más caro. Y aunque a veces los españoles creemos que la voluntad lo puede todo y que el Estado hace billetes, lo cierto es que a menudo aquélla no puede nada y que los billetes los hace nuestro trabajo, el bíblico sudor de nuestras frentes.

Y, voluntarismos al margen, lo indudable es que nuestro trabajo no es infinito, sino muy finito (incluso alcanzada La Singularidad seguiría siendo finito, aunque entonces nuestra capacida será inmensamente mayor, claro, y todo esto será bastante menos importante, claro también): conforme a nuestras normas nuestro trabajo está hoy limitado a, más o menos, cuarenta horas semanales. Y con ese trabajo tenemos que hacer muchas cosas, así que nuestra capacidad de reeducación es muy limitada. Y como lo es, más nos vale tenerlo en cuenta.

En plata, si la reinserción social es deseable, nuestra capacidad de lograrla es limitada y nuestras normas deben contemplar la realidad y ajustarse a ella, alejándose del voluntarismo como gato escaldado del agua hirviendo: la reinserción no se logra afirmándola, sino poniendo los medios necesarios y, además, teniendo infinita suerte.

Así es que lo deseable es buscar la reinserción, en la medida de lo posible, pero contar con un plan B realista para cuando no pueda lograrse, por falta de medios o de suerte (más vale llamarlo así, que la condición humana a veces asusta), pues lo que no es admisible en manera alguna es que el voluntarismo legal deje indefensa de facto a la gente.

Cualquier otra cosa es imbecilidad... que acabará generando un estado de ánimo colectivo que solo puede acabar, ya está ocurriendo, en la limitación de nuestras libertidades y nuestros derechos, especialmente nuestra intimidad.

Luego sigo... que los perros están solos y necesitan atención, no se me vayan a criminalizar por sentirse desatendidos, que es que son como niños.

Las penas ya son muy graves, dicen: dura lex, sed lex. Y en gran medida es cierto, a la vez que no lo es, por los perversos efectos del síndrome de Estocolmo y de algo, ya antes reiterado en este blog, que a menudo se olvida: lo que más daña a una Sociedad no son los grandes crímenes (salvo que se trate de una dominada por ellos), sino las pequeñas infracciones, esas que da pereza denunciar y que si se denunciaran no podrían atenderse, menos aún resolverlas o evitarlas.

El perversísimo efecto que provoca el juego conjunto de la presunción de inocencia y la infirmeza de las resoluciones condenatorias de la instancia, en combinación con los paupérrimos medios judiciales y la movilidad transfronteriza propia de nuestros días, hace estragos en la moral de la Sociedad, que, desgraciadamente, poco a poco deja de creer en la justicia y, lo que es muchísimo peor, acaba corrompiéndose: si otros la hacen a ojos vista y parece que no les pasa nada... pues yo también.

Lo siento pero así el sistema es insostenible a la larga, sino es a costa de pervertir la Sociedad y acabar, una vez más, con nuestros derechos y libertades.

Así que, en mi opinión las penas por faltas y delitos menores sí pueden y deben agravarse, y debe revisarse la presunción de inocencia, que en el peor de los casos debe acabar, y la pena empezar a cumplirse, con la sentencia judicial en la instancia -si luego se revoca habrá claro que pagar el daño causado, incluso a buen precio que la libertad injustamente quitada es daño gravísimo-... y, desde luego, para que esto se sostenga hará falta reordenar el gasto y adecuar los medios disponibles.

Lo de los menores, lo siento, lo dejaré para otro día, si me veo con energía.

PD El 12 mar comienza la tramitación parlamentaria del "nuevo Código Penal" que, al parecer endurecerá las penas... para delitos graves (terrorismo, delitos sexuales con homicidio y así): ya saben mi opinión, agravación sí, pero para los delitos más frecuentes y que ahora tienen penalización más leve ("Y hay que tener en cuenta que el 52% de los delitos cometidos no se comunican a las fuerzas de seguridad, según la encuesta de victimización de 2008 del Observatorio Andaluz de la Delincuencia").

Nota: algunos de los enlaces del etxto los he puesto al tiempo que la anterior PD.

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